viernes, 30 de octubre de 2009

NO FUE JUEZ POR SER ABOGADO


El Colegio Público de Abogados brindó acompañamiento institucional a un abogado postulante a juez que fue discriminado por el Consejo de la Magistratura de la Nación por no haber hecho la “carrera judicial”.

En la prueba de antecedentes y oposición el letrado quedó ubicado en el 2º lugar en el orden de mérito; sin embargo, luego de la audiencia personal prevista en el art. 39 del Reglamento el matriculado fue eliminado de los seis primeros lugares.

El colega destacó que fue “el único de los ternados que se dedicó siempre al ejercicio liberal de la profesión de abogados” por lo cual consideró “un acto DISCRIMINATORIO, pues es claro que no desean en el Consejo de la Magistratura elegir magistrados a quienes provenimos del noble ejercicio de la profesión y carecemos de antecedentes en el Poder Judicial

La Comisión de Defensa del Colegio Público de Abogados dictaminó que la decisión del Consejo de la Magistratura resultó claramente ausente de fundamentación y, por lo tanto, arbitraria.

En la corrección de la pruebas de oposición el matriculado tuvo una excelente calificación. Textualmente, se consignó en el acta respectiva: “Muy buen examen. Impecable construcción formal de la sentencia definitiva de 2da. Instancia. Correcta y didáctica exposición; la parte dispositiva es coherente. Segundo tema: acertada solución. Correcta construcción forma. En ambos casos, los fundamentos son exclusivamente técnicos, evidenciado muy buen conocimiento de los temas tratados”.

Además, de sus antecedentes se destacaron un ejercicio ininterrumpido de la profesión de abogado desde el año 1983, un gran número de cursos de perfeccionamiento, docencia universitaria, y publicaciones de la especialidad.

En el informe psicológico y psicotécnico, el abogado resultó APTO; destacándose su “Predisposición para perfeccionamiento y actualización académica: Alto nivel de aspiraciones”.

Sostuvo la Comisión que el Consejo de la Magistratura debió fundamentar no sólo los motivos por los cuales reposicionaba a otros postulantes que se hallaban debajo del abogado en el orden de mérito definitivo sino que, además, debió motivar su exclusión de la terna.

En ese sentido, “en las decisiones o elementos discrecionales de los actos que dicta la Administración la obligatoriedad de la motivación obedece a dos razones fundamentales. La primera, permite deslindar la discrecionalidad de la arbitrariedad, ya que al no haber motivación el acto administrativo aparece en el mundo jurídico “como un producto de la sola y exclusiva voluntad del órgano que la dicta, lo que resulta incompatible con el Estado de Derecho”, que es gobierno del derecho y no de los hombres. La segunda razón, tiene que ver con la tutela judicial efectiva y, mas precisamente, con la garantía de la defensa (art. 18 CN), pues si el acto no se encuentra motivado, el particular se halla impedido de ejercer las facultades que integran el llamado debido proceso adjetivo (derecho a ser oído, a ofrecer y producir pruebas y a una decisión fundada)”.

Tampoco consta ninguna observación respecto de las manifestaciones vertidas por el letrado en la entrevista que justificaran su eliminación de la terna. Más aún, se asentó que “Durante el desarrollo de las entrevistas todos los aspirantes demostraron tener idoneidad técnica y motivación exigida para desempeñarse como vocales de dicha Cámara”. Es decir que los Consejeros que interrogaron al matriculado no tuvieron objeciones respecto de las respuestas del matriculado sobre temas básicos de la especialidad, el funcionamiento del Poder Judicial, su conocimiento respecto de la interpretación de las cláusulas de la Constitución Nacional, de la jurisdicción de la C.S.J.N. y los principios generales del derecho (Cfr. art. 40 del Reglamento).

Por último, los Consejeros ponderaron las respuestas de otros candidatos reposicionándolos al 3º, 4º y 5º lugar; pero nada dijeron acerca de porqué ascendieron un postulante al segundo lugar (2º) ni porqué se excluyó al matriculado de – al menos - el 6º lugar.

En definitiva, la exclusión del matriculado resultó arbitraria, injusta e inconstitucional y, si a las deficiencias apuntadas precedentemente, le añadimos que el colega fue el único aspirante para el cargo que no revistió previamente en el Poder Judicial de la Nación; existe una sospecha razonable que pudo haber sido victima de un acto discriminatorio por su condición de abogado de la matricula.

viernes, 23 de octubre de 2009

UN QUERELLANTE PROSCRIPTO


Desde hace muchos años se viene discutiendo sobre las facultades acordadas al querellante particular en el proceso penal. Incluso se ha llegado a negar reiteradamente la conveniencia de su propia existencia atribuyendo su inclusión en el Código Procesal Penal de la Nación a los reclamos despectivamente llamados “corporativos” de los Colegios de Abogados.

La disputa parecía allanada cuando la CSJN dictó el fallo "Quiroga" y sostuvo que “lo dicho precedentemente no resulta aplicable a los supuestos en los que la discrepancia se plantea entre el fiscal -que se manifiesta en favor del sobreseimiento- y el querellante, que pretende que la causa sea elevada a juicio. En tales casos, en principio, no es posible suponer una afectación genérica de la imparcialidad del tribunal, en la medida en que su intervención quede limitada a asegurar que el querellante puede ejercer el derecho que la ley le concede a ser oído en juicio oral y público (conf. doctrina caso "Santillán", Fallos: 321:2021) ni una afectación intolerable a la independencia del Ministerio Público” (Considerando 37° del voto de la mayoría).

A pesar de tan categórico reconocimiento al querellante a ser oído en el proceso, la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional de esta Ciudad dictó el fallo “LUNA” (resuelto el 21 de octubre de 2009), en el cual se niega al acusador particular la facultad de recurrir el auto de sobreseimiento, aún cuando hubiere mediado requerimiento fiscal. Esta distinción es importante ya que la acción penal había sido inicialmente promovida por el Ministerio Público Fiscal.

Los Jueces Bruzzone y Rimondi argumentaron que:
“tal como lo sostuvimos a partir del precedente ‘’Puente’’ (causa Nro 36397, rta 8/09/09) en oportunidad de revisar nuestra postura sobre la legitimidad del querellante a la luz de pronunciamientos posteriores, ‘‘descontando que los órganos con funciones jurisdiccionales no pueden impulsar el caso sin un requerimiento acusatorio, o, como en el caso, sin el acompañamiento del titular de la acción, pese al requerimiento de instrucción oportunamente formulado-, entendemos que, si bien la victima debería poder avanzar en solitario con una denuncia sobre un hecho que considera delictivo, habilitando la citación directa a juicio, como lo ha sostenido el juez Edmundo Hendler en el precedente ‘‘Grosskotf’’ ( C.N.P.E, Sala A, c 24.664 rta. 19/04(2007), ello resultaría posible solamente de lege referenda, pero no de lege lata, pues no vemos como compatibilizar esa solución con la expresa distinción en el ejercicio de las acciones penales que introdujo el legislador nacional en los artículos 71,72 y 73 del Código Penal de la Nación. Por ello, en coincidencia con el voto de la jueza Angela E.Ledesma en ‘‘Rodriguez Sordi’’ (c.n.c.p, Sala III, c 9137, reg nro 834/08, rta 30/06/2008), en el estado en que se encuentra nuestro ordenamiento procesal penal nacional debemos concluir que no es posible que el querellante impulse – o continúe- la instrucción de un delito de acción pública sin la intervención del Ministerio Público Fiscal. En consecuencia, y sin perjuicio que se habrá de disponer la notificación al Sr. Fiscal General, habrá de confirmarse el pronunciamiento impugnado” (la negrilla me pertenece)

El pronunciamiento echa por tierra los avances logrados en la materia por la C.S.J.N. ya que si la ley procesal acuerda al querellante la facultad de recurrir el auto de sobreseimiento; privar a la Alzada de la posibilidad de revocar la decisión, evidentemente aniquila tal derecho.

Recordemos que en el caso "Santillan" la C.S.J.N. afirmó: “Que ello es así aun cuando el a quo estimase, en el marco de atribuciones que le competen en materia no federal, que la norma procesal ofrece distintas interpretaciones posibles, caso en el cual no debió optar por aquélla que -como en el sub lite- ha ido en desmedro de una adecuada hermenéutica de las normas en juego, con serio menoscabo de los derechos asegurados por la Constitución Nacional al privar al particular querellante, a quien la ley le reconoce el derecho a formular acusación en juicio penal, de un pronunciamiento útil relativo a sus derechos, pues esta interpretación dejaría a aquél vacuo de contenido” (Considerando 15)

Además, el fallo comentado niega el derecho de las victimas a la “tutela judicial efectiva” reconocido por la C.S.J.N. y garantizado por el artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos. En el citado caso “Quiroga”, se sostuvo que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación incorpora los principios sentados por la Comisión Interamericana (de Derechos Humanos) al interpretar el art. 25 del Pacto en cuanto a que ‘el derecho a la tutela judicial efectiva’ implica que la razón principal por la que el Estado debe perseguir el delito es la necesidad de dar cumplimiento a su obligación de ‘garantizar el derecho a la justicia de las víctimas ...’ entendiendo a la persecución penal como un corolario necesario del derecho de todo individuo a obtener una investigación judicial a cargo de un tribunal competente, imparcial e independiente en que se establezca la existencia o no de la violación de su derecho, se identifique a los responsables y se les impongan las sanciones pertinentes (Bulacio; CIDH Informe n° 34/96, casos 11.228, Informe n° 5/96, caso 10.970)” (Considerando 23° del voto del Juez Maqueda).

viernes, 2 de octubre de 2009

AMIA: YO ACUSO ...


El juez federal Ariel Lijo, titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4, procesó sin prisión preventiva a Carlos Saúl Menem, Juan José Galeano, Munir Menem, Hugo Anzorreguy, Jorge “Fino” Palacios, Juan Carlos Anchezar y Carlos Castañeda por obstruir la investigación de la llamada “pista Siria” o "pista iraní" por el atentado a la AMIA ocurrido en 1994. (para bajar el fallo completo, pinche aqui)

Nada novedoso puede escribirse sobre la investigación del atentado terrorista perpetrado contra la sede de la AMIA; por ello, me parece mas interesante y beneficioso revivir las palabras lanzadas por un familiar de las victimas cuya actualidad hace olvidar que fueron proferidas el 18 de julio de 1997 y publicadas al día siguiente en diario Clarin.

Ahi van ...

ATAQUES TERRORISTAS: MAS DE DIEZ MIL PERSONAS RECORDARON A LOS 86 MUERTOS

Ataques al Gobierno en el acto por la AMIA

Fueron abucheados los ministros Corach y Di Tella • El principal reclamo fue por la falta de resultados en la investigación • También fue criticado el propio presidente de la DAIA

El Gobierno recibió ayer severas acusaciones por la falta de resultados en la investigación del atentado a la AMIA, durante el acto convocado por la comunidad judía al cumplirse tres años de la explosión que mató a 86 personas.
Los insultos y silbidos que la concurrencia dirigió contra los cuatro ministros que asistieron en representación del presidente Carlos Menem, y el tono encendido de algunos discursos, le dieron alto voltaje político a la conmemoración.

El ex presidente Raúl Alfonsín y otras figuras de la oposición también concurrieron al homenaje realizado frente al lugar donde se levantaba la sede de la mutual judía, en la esquina de Pasteur y Tucumán, en esta Capital.

A las 9.53, la hora en que ocurrió la explosión, sonó una sirena en recuerdo de las víctimas. La demostración concluyó con una marcha que abarcó cinco cuadras compactas (se calcula que hubo más de 10 mil personas) y desembocó en Plaza Lavalle, donde los manifestantes demandaron justicia ante el Palacio de Tribunales.

En el mensaje de fondo, Rubén Beraja, presidente de la DAIA -el organismo político de la comunidad judía-, vinculó el ataque a la AMIA con los escasos avances de parte de la Corte Suprema en la investigación del atentado a la Embajada de Israel, ocurrido dos años antes. Y se hizo eco del reclamo para que este caso pase a manos de un juez de instrucción.

Beraja eligió un tono moderado para referirse a la responsabilidad del Gobierno en las investigaciones y esa actitud le costó la reprobación generalizada del público, que había coronado con estridentes aplausos los cuestionamientos directos que los oradores anteriores dirigieron hacia funcionarios del Poder Ejecutivo.

Oscar Hansman, titular de la AMIA -la entidad social y cultural de la colectividad-, abrió el acto con una advertencia. "Los hombres del Gobierno deben comprender que mientras exista impunidad, la distancia a un tercer atentado se acorta", y pidió condena para los que obstruyeron las investigaciones del atentado.

En una conmovedora intervención, la representante de los familiares de las víctimas, Laura Ginsberg, formuló las acusaciones que más le dolieron al Gobierno, al responsabilizarlo de proteger a la conexión local del atentado. Y le recriminó haber retaceado los medios económicos y materiales necesarios al juez de la causa, Juan José Galeano. Repitiendo la frase "yo acuso", que el escritor francés Emile Zola instaló como denuncia contra el antisemitismo, mencionó como culpables por la falta de resultados a Menem, al gobernador Eduardo Duhalde, al ministro del Interior, Carlos Corach, y al canciller Di Tella.

Con gesto impávido, Corach y Di Tella observaban la escena desde el palco de invitados a la vez que eran blanco de abucheos. Integraron la comitiva junto al jefe de Gabinete, Jorge Rodríguez; el ministro de Justicia, Raúl Granillo Ocampo; el jefe de la SIDE, Hugo Anzorreguy, y el secretario de Seguridad, Andrés Antonietti.

Fueron recibidos al grito de "que se vayan", "fascistas" y "justicia" de parte de sectores enfervorizados de la multitud.

El malestar de Menem

El clima opositor en el que se desarrolló el acto provocó la reacción de Menem. Enterado de las responsabilidades que les endilgaron en los discursos más festejados en el acto de la comunidad judía y visiblemente molesto, el Presidente respondió desde los astilleros Río Santiago, en la localidad de Ensenada, que "el Gobierno hizo todo lo que tenía a su alcance" para ayudar al esclarecimiento del atentado.

Además, recordó que "hay detenidos y procesados", en alusión a los cuatro integrantes de la Policía Bonaerense involucrados, y que el Poder Ejecutivo pagó indemnizaciones a las familias de las víctimas.

De inmediato instruyó a Corach para que les pida explicaciones de lo ocurrido a los presidentes de la DAIA y la AMIA, quienes organizaron el homenaje a las víctimas con la consigna "A tres años, basta de impunidad y castigo a los asesinos".

Por la tarde, el ministro recibió en su despacho a Beraja y Hansman. Corach les transmitió el enojo del presidente por las acusaciones vertidas por Laura Ginsberg contra su persona y otros integrantes del gabinete. Al salir, los dos dirigentes de la comunidad israelita tomaron distancia del tono utilizado por la oradora. Manifestaron que no coincidían con las acusaciones generalizadas y excluyeron de toda responsabilidad a Menem y a Duhalde.

Ginsberg pertenece a la agrupación Memoria Activa, dirigida por familiares de las víctimas de la AMIA, que suele tener roces con la cúpula de la comunidad.

De los mensajes que se pronunciaron en el homenaje a las víctimas del atentado se desprendió un abanico de matices.

Laura Ginsberg y el periodista Santo Biasatti -quien habló por invitación de los organizadores- embistieron con dureza contra el Gobierno por los pocos avances en las investigaciones. Biasatti reclamó una Justicia independiente del poder y pidió que los funcionarios que no cumplen su tarea "renuncien y se vayan a sus casas".

Beraja aseguró que "el Estado se muestra impotente" para dar con los responsables de los atentados a la Embajada y la AMIA, aunque justificó la moderación que le recriminaron los manifestantes en la necesidad de ajustarse a la estrategia judicial que lleva adelante la DAIA. Cuando le reclamaron a coro que diga "los nombres" de los culpables de obstruir las investigaciones, que amenazó con ventilar días atrás, respondió: "Sólo lo voy a hacer ante la Justicia".

Hansman se expresó con menos ataduras y le exigió al Gobierno "el cese de la impunidad". Afirmó que "ya no alcanza con las condolencias de cada aniversario", y apuntó hacia la pista iraní, que en un principio había deslizado el propio Menem.

Dirigentes del radicalismo y del Frepaso recibieron, en cambio, muestras de adhesión a su presencia de parte de los asistentes al acto.

Además de Alfonsín estaban Fernando de la Rúa, Rodolfo Terragno, Federico Storani, Leopoldo Moreau, Juan Manuel Casella, Adalberto Rodríguez Giavarini, Carlos "Chacho" Alvarez, Graciela Fernández Meijide, Alfredo Bravo, Héctor Polino y Norberto La Porta, entre otros. Por el justicialismo concurrieron el secretario de Seguridad bonaerense, Carlos Brown; los senadores Antonio Cafiero y Omar Vaquir, y el diputado Miguel Angel Toma. Entre el público se ubicó el gobernador de Santa Cruz, Néstor Kirchner, junto a su esposa, la senadora Cristina de Kirchner.

Para ver el archivo del diario Clarin pinche aqui